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Aborto seguro y gratuito en la Argentina: el Senado aprobó el proyecto y la IVE ya es Ley

El Senado convirtió esta madrugada en ley la Interrupción Voluntaria del Embarazo. Las dudas sobre el posible rechazo al proyecto por parte de la Cámara Alta se disiparon definitivamente cuando tres senadores que antes de la votación figuraban como «indecisos» adelantaron su voto positivo.

Télam : Alegría contenida, ansiedad, baile y la atención puesta en el debate atraviesan la «vigilia verde» Foto Eliana Obregón

Los discursos de Stella Olalla, Lucila Crexell y Sergio Leavy, de Cambiemos, el Movimiento Popular Neuquino y el Frente de Todos, convirtieron al resto de la sesión en la previa de una fiesta «verde» por la sanción de una ley histórica. Finalmente, la votación concluyó con 38 votos a favor, 29 en contra y una abstención.

«Hoy es un día de esperanza, vamos a debatir un proyecto que evitará más muertes injustas”, dijo la senadora pampeana Norma Durango, presidenta de la Banca de la Mujer. “Mientras tanto, el aborto, que es una tragedia emocional, sigue sucediendo y las mujeres siguen muriendo. La maternidad no puede ser forzada, una maternidad obligada no es una buena maternidad», señaló.

El impulso a la legalización del aborto fue una promesa de campaña del presidente Alberto Fernández, que ratificó al cabo de su primer discurso ante la Asamblea Legislativa, el 1° de marzo pasado. A diferencia de lo sucedido en 2018, esta vez el Poder Ejecutivo envió el proyecto al Congreso y garantizó los votos en las dos Cámaras. Llegó a buen puerto, finalmente, la lucha de décadas del movimiento de mujeres.

Los principales puntos del proyecto:

– Se consagra el derecho de mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar a decidir la interrupción del embarazo, requerir y acceder a la atención del aborto, y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud.

– La iniciativa cumple los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de salud pública y derechos humanos

– El aborto se permitirá hasta la semana catorce, inclusive, del proceso gestacional.

– Fuera de ese plazo solo se podrá acceder en caso de violación, o si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante.

– En el caso de menores de 13 años se requiere un consentimiento informado y la asistencia de, al menos, uno de sus progenitores o representante legal.

– Para adolescentes de entre 13 y 16, deberá tener un acompañante o «referente afectivo».

– Las personas mayores de 16 años tienen plena capacidad por sí para prestar su consentimiento.

– Previo a la realización del aborto se requiere el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito.

– El profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia.

– En el caso de que una institución privada no cuente con profesionales para realizar la interrupción del embarazo deberá disponer la derivación a otra institución.

– El personal de salud debe observar un trato digno, respetando las convicciones personales y morales de la paciente.

– Se deberá mantener la privacidad y el derecho a la intimidad de las personas que recurran a las instituciones para pedir un aborto.

– En los casos de violación cuyas víctimas fueran niñas o adolescente, se deberá denunciar este delito.